El ordenamiento ecológico tiene sustento jurídico en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (Artículos 4, 25, 27, 73, 115 y 124), la Ley de Planeación, la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Medio Ambiente (LGEEPA) y su Reglamento en Materia de Ordenamiento Ecológico, así como en diversas leyes federales y locales.
De manera particular, el Reglamento de la LGEEPA en Materia de Ordenamiento Ecológico establece las bases que rigen la actuación del gobierno federal en los ordenamientos ecológicos. Por su parte, en las leyes ambientales locales se establecen los procedimientos y términos con base en los cuales los estados y municipios deben formular y expedir los programas de ordenamiento ecológico regionales y locales.
La LGEEPA contempla cuatro modalidades de ordenamiento ecológico: